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Calculadora de subidas por IPC

Actualizado el

Calcula el nuevo importe de una renta, una cuota o un salario tras una o varias subidas porcentuales, y la diferencia entre encadenarlas y sumar los puntos.

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Subidas por IPC

Aplica una o varias subidas porcentuales a un importe: una renta, una cuota o un salario.

¿Cómo son las subidas?

Cada subida se aplica sobre el importe ya actualizado por la anterior, en el orden en que las escribes.

Nuevo importe

1.050,60 €

Tras 2 actualizaciones

Importe inicial
1.000,00 €
Subida de la última actualización
+30,60 €
Diferencia frente al importe inicial
+50,60 €
Incremento acumulado
+5,06 %

Actualización a actualización

1.ª (+2,00 %)
1.020,00 € (+20,00 €)
2.ª (+3,00 %)
1.050,60 € (+30,60 €)

Encadenar las subidas o sumar los puntos

Encadenando (+5,06 %)
1.050,60 €
Sumando los puntos (+5,00 %)
1.050,00 €
Diferencia
+0,60 €

La aplicación legal de una actualización de renta depende del contrato y de la normativa vigente. Esta calculadora realiza únicamente el cálculo porcentual.

Resultado orientativo. No constituye asesoramiento financiero, fiscal, legal o de inversión.

¿Ves un error en esta calculadora? Avísanos por correo con los datos que introdujiste y el resultado que esperabas. Cómo se revisa cada aviso, en la política editorial.

Guía: cómo aplicar una subida por IPC a un alquiler, un sueldo o una pensión

Una subida por IPC multiplica el importe por uno más el porcentaje. Varias subidas seguidas se encadenan: cada una se aplica sobre el importe ya subido, no sobre el original. Por eso no se pueden sumar los porcentajes: cinco subidas del 3 % sobre 1.000 € dan 1.159,27 €, un 15,93 %, y no un 15 %.

Una subida

Importe nuevo = importe actual × (1 + porcentaje ÷ 100). Subir un 2 % un importe de 1.000 € da 1.020 €; subir después un 3 % da 1.050,60 €, no 1.050 €.

Varias subidas: se encadenan

1.000 € con cinco subidas anuales del 3 %
CálculoImporte finalSubida acumulada
Encadenando las subidas (correcto)1.159,27 €15,93 %
Sumando los porcentajes (incorrecto)1.150,00 €15,00 %

La diferencia, 9,27 € al mes en este ejemplo, crece con los años y con el tamaño de las subidas.

Ejemplo con un alquiler

Un alquiler de 800 € al mes con una actualización del 2 % pasa a 816 €: 16 € más al mes y 192 € más al año.

Si el porcentaje es negativo, el importe baja con la misma fórmula, salvo que el contrato o la norma digan otra cosa.

Qué porcentaje hay que usar

  • El que diga tu contrato, convenio o norma: no siempre es el IPC general, ni el mismo mes.
  • En los alquileres de vivienda, la actualización tiene límites legales que dependen de la fecha del contrato. Están en la guía de medidas de vivienda de 2026.
  • El dato oficial del IPC lo publica el Instituto Nacional de Estadística.

Errores frecuentes

  • Sumar los porcentajes de varios años.
  • Aplicar la subida sobre el importe original en lugar del último.
  • Usar el IPC del mes equivocado.
  • Aplicar una subida que el contrato o la ley no permiten.

Cómo usar esta calculadora

  1. Escribe el importe que quieres actualizar: una renta, una cuota o un salario.
  2. Elige si las subidas son distintas (por ejemplo, el IPC de cada año) o la misma varias veces, y escribe los porcentajes en el orden en que se aplican.
  3. El resultado muestra el nuevo importe, la subida en euros, la diferencia frente al importe inicial y el incremento acumulado.

Cómo se calcula

Una subida: nuevo importe = importe × (1 + porcentaje ÷ 100). Varias subidas consecutivas se encadenan: cada una se aplica sobre el importe ya actualizado, así que el incremento acumulado es (1 + p1) × (1 + p2) × … − 1.

Por eso un 2 % y después un 3 % no es un 5 %: es un 5,06 %. La calculadora muestra también el resultado de sumar los puntos y aplicarlos una sola vez, para que veas la diferencia.

Ver también la metodología general de las calculadoras.

Ejemplo

1.000 € con una subida del 2 % y después otra del 3 %: tras la primera, 1.020,00 €; tras la segunda, 1.050,60 € (una subida de 30,60 €). El incremento acumulado es del 5,06 %. Sumando los puntos (5 %), saldrían 1.050,00 €: 0,60 € menos.

La misma subida del 3 % cinco veces lleva 1.000 € a 1.159,27 € (un 15,93 % acumulado), frente a los 1.150,00 € de sumar quince puntos.

Cómo interpretar el resultado

Cuantas más subidas se encadenan y más altas son, más se separa el resultado de la simple suma de porcentajes. La calculadora solo hace la cuenta: si se trata de una renta de alquiler, la subida aplicable depende del contrato y de la ley.

Preguntas frecuentes sobre esta herramienta

¿Se puede subir el alquiler con el IPC?

Depende del contrato y de la norma vigente en la fecha de actualización. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos en la redacción del Real Decreto-ley 29/2026 (en vigor desde el 8 de octubre de 2026 y pendiente de convalidación), sin pacto expreso no se actualiza la renta y la subida no puede superar la variación del Índice de Referencia para la Actualización Anual de los Contratos de Arrendamiento de Vivienda (IRAV), no del IPC. Además, entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 hay un límite extraordinario del 2 % si no hay un nuevo acuerdo, y ninguna subida si la renta supera el índice de precios de referencia.

¿El IPC, el IRAV y el índice de mi contrato son lo mismo?

No. El IPC, que publica el INE, mide cómo varían los precios de consumo. El IRAV es el índice que publica también el INE para limitar la actualización anual de los alquileres de vivienda sujetos a la Ley de Arrendamientos Urbanos. El índice aplicable es el que fije tu contrato, siempre dentro del límite legal vigente en la fecha de actualización. Esta calculadora aplica el porcentaje que escribas: no elige el índice ni comprueba ese límite.

¿Por qué dos subidas del 2 % y del 3 % no suman un 5 %?

Porque la segunda subida se calcula sobre el importe ya subido. Sobre 1.000 €, el 3 % se aplica a 1.020 € y no a 1.000 €: son 30,60 € y no 30 €. En total, un 5,06 %.

¿Sirve para una bajada?

Sí: escribe un porcentaje negativo, por ejemplo un IPC del −0,5 %.

Fuentes

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Siguientes pasos