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ITP y AJD por comunidad autónoma en 2026

Actualizado el

Cuánto se paga de ITP al comprar un inmueble de segunda mano y de AJD al escriturar, en cada comunidad autónoma: tipo, tramos, condiciones, vigencia y la norma oficial que lo establece.

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Datos normativos revisados el 8 de octubre de 2026

Comparador de impuestos por comunidad autónoma

Elige el territorio, el impuesto y la operación: verás la regla que fija su norma, las condiciones, la vigencia y la fuente oficial.

Cuenta el lugar donde está el inmueble, no donde vives.

Transmisión onerosa de un inmueble entre particulares: una vivienda usada, un local o un garaje. La paga quien compra.

ITP en Comunidad de Madrid: compra de un inmueble de segunda mano (regla general)

Ejercicio 2026. Datos comprobados en su fuente oficial el 8 de octubre de 2026.

Tipo general

6 %

Tipo general de la transmisión de inmuebles.

Condiciones
Sin condiciones personales: es la regla que se aplica si no corresponde otra.
Vigencia
Ejercicio 2026. Redacción vigente desde el 1 de enero de 2014.
Ten en cuenta
Los arts. 29 y 30 prevén tipos reducidos (familias numerosas y empresas inmobiliarias).

Estimación orientativa

Esta página reproduce lo que dice la norma de cada territorio; no decide qué tipo corresponde a tu operación ni comprueba requisitos. No recoge todos los tipos reducidos, bonificaciones y deducciones: antes de firmar, confirma el tipo con la hacienda de tu comunidad o con un profesional.

ITP y AJD por comunidad autónoma en 2026: tabla comparativa

Regla general de cada territorio para la compra de un inmueble de segunda mano (ITP) y para la escritura notarial, como la de una vivienda nueva (AJD). No incluye tipos reducidos. Cada cifra enlaza con la norma que la establece; comprobadas el 8 de octubre de 2026.

TerritorioITP: compra de inmueble usadoAJD: escritura notarialNorma
Andalucía7 %1,2 %Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Aragón8 % – 10 % (por tramos)1,5 %Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos
Canarias6,5 %0,75 %Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril, texto refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos
Cantabria9 %1,5 %Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado (Cantabria)
Castilla y León8 % – 10 % (por tramos)1,5 %Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos
Castilla-La Mancha9 %1,5 %Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha
Cataluña10 % – 13 % (por tramos)1,5 %Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo, libro sexto del Código tributario de Cataluña
Ceuta6 %Bonificación del 50 % de la cuota0,5 %Bonificación del 50 % de la cuotaReal Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Comunidad de Madrid6 %0,75 %Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado
Comunidad Foral de NavarraRégimen foral6 %0,5 %Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, texto refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Navarra)
Comunitat Valenciana9 % – 11 % (según el valor)1,4 %Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del IRPF y restantes tributos cedidos (Comunitat Valenciana)
Extremadura8 % – 11 % (por tramos)1,5 %Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado
Galicia8 %1,5 %Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio, texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado
Illes Balears8 % – 13 % (por tramos)1,5 %Decreto Legislativo 1/2014, de 6 de junio, texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de tributos cedidos por el Estado
La Rioja7 %1 %Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos
Melilla6 %Bonificación del 50 % de la cuota0,5 %Bonificación del 50 % de la cuotaReal Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
País VascoRégimen foral7 % (inmuebles que no son vivienda)4 % (viviendas)0,5 %Norma Foral 11/2003, de 31 de marzo, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Álava)Norma Foral 1/2011, de 24 de marzo, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Bizkaia)Norma Foral 18/1987, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Gipuzkoa)
Principado de Asturias8 % – 10 % (según el valor)1,2 %Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado
Región de Murcia7,75 %1,5 %Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, texto refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de tributos cedidos

Resultado orientativo. No constituye asesoramiento financiero, fiscal, legal o de inversión. Los importes fiscales dependen de la normativa vigente, de tu comunidad autónoma o municipio y de tus circunstancias personales.

¿Ves un error en esta calculadora? Avísanos por correo con los datos que introdujiste y el resultado que esperabas. Cómo se revisa cada aviso, en la política editorial.

Datos normativos y de mercado de este cálculo (1)
  • ITP y AJD en la compra de inmuebles, por territorio: 82 reglas de las 17 comunidades autónomas, Ceuta y Melilla, cada una con su norma y su artículo. Ejercicio 2026. 17 comunidades autónomas, Ceuta y Melilla. Fuente: BOE y haciendas forales, Leyes autonómicas de tributos cedidos y normas forales (una por territorio). Revisado el 8 de octubre de 2026. El detalle (fila por fila, con vigencia y fuente) vive en lib/fiscalidad-autonomica y se muestra en el comparador. Canarias, Castilla-La Mancha y Cataluña: el BOE tenía su texto consolidado en actualización.

Guía del ITP y el AJD: qué impuesto pagas al comprar según la comunidad

Al comprar una vivienda usada se paga el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP); al comprar una nueva, IVA y Actos Jurídicos Documentados (AJD). El ITP y el AJD los fija cada comunidad autónoma, y la diferencia es grande: por una vivienda usada de 300.000 €, la regla general es de 18.000 € en la Comunidad de Madrid y de 30.000 € en Cataluña.

ITP: vivienda de segunda mano

ITP de una vivienda usada de 300.000 €, con la regla general de cada territorio
TerritorioCuotaTipo efectivo
Comunidad de Madrid18.000 €6,00 %
Andalucía21.000 €7,00 %
Galicia24.000 €8,00 %
Castilla y León25.000 €8,33 %
Cataluña30.000 €10,00 %

Algunas comunidades aplican un tipo único y otras una tarifa por tramos de valor. El comparador muestra los 19 territorios, con la norma y el artículo de cada dato.

Si una comunidad no fija su tipo, se aplica el de la norma estatal.

Tipos reducidos

Casi todas las comunidades tienen tipos más bajos para ciertos casos: vivienda habitual, jóvenes, familias numerosas, personas con discapacidad o viviendas por debajo de un precio. Cada uno tiene requisitos de edad, renta, valor o destino de la vivienda, y hay que cumplirlos todos.

AJD: vivienda nueva e hipoteca

  • En una vivienda nueva, el comprador paga IVA y, además, AJD por la escritura de compraventa.
  • El AJD también grava la escritura de la hipoteca; en los préstamos hipotecarios lo paga la entidad.

Sobre qué valor se calcula

Sobre el valor del inmueble, que no siempre es el precio escriturado: la norma de cada territorio y la del impuesto determinan la base. Compruébalo antes de firmar, porque una diferencia en la base se multiplica por el tipo.

Errores frecuentes

  • Usar el tipo de otra comunidad: cuenta la del lugar donde está el inmueble.
  • Aplicar un tipo reducido sin cumplir todos sus requisitos.
  • Aplicar ITP a una vivienda nueva.
  • Olvidar que el impuesto se paga con ahorros: la hipoteca no lo cubre.

Cómo usar esta calculadora

  1. Elige la comunidad o ciudad autónoma donde está el inmueble (no donde resides).
  2. Elige el impuesto: ITP si compras un inmueble de segunda mano a un particular; AJD si se trata de la escritura notarial, por ejemplo la de una vivienda nueva, que tributa además por IVA.
  3. Elige la operación: la regla general o los tipos propios de la vivienda habitual. Verás cada regla con su tipo o sus tramos, sus condiciones, su vigencia y el artículo de la norma que la establece.
  4. Si quieres, escribe el valor del inmueble para ver la cuota que resulta de aplicar esa regla. La tabla del final compara la regla general de los 19 territorios.

Cómo se calcula

No hay fórmula propia: cada dato es lo que dice la norma del territorio, leída en su fuente oficial (el texto consolidado del BOE de la ley autonómica de tributos cedidos o, en Navarra y el País Vasco, su norma foral). La ficha indica la norma, el artículo y la fecha de consulta.

Si escribes un valor, la cuota se obtiene así: con un tipo único, valor × tipo; con una tarifa por tramos, cada parte del valor por el tipo de su tramo; con un tipo «según el valor total», el tipo del tramo en el que cae el valor se aplica a todo. En Ceuta y Melilla se resta la bonificación del 50 % de la cuota.

El ITP grava la compra de un inmueble usado; la compra de una vivienda nueva tributa por IVA (IGIC en Canarias) y por AJD, no por ITP. Los dos son tributos cedidos: cada comunidad fija sus tipos, y si no lo hace se aplican los de la norma estatal (6 % y 0,5 %).

Ver también la metodología general de las calculadoras.

Ejemplo

Una vivienda usada de 300.000 € paga de ITP, con la regla general: 18.000 € en la Comunidad de Madrid (6 %), 21.000 € en Andalucía (7 %), 24.000 € en Galicia (8 %) y 30.000 € en Cataluña (10 %).

En Castilla y León los primeros 250.000 € tributan al 8 % (20.000 €) y los 50.000 € restantes al 10 % (5.000 €): 25.000 €, un 8,33 % efectivo. En Asturias, en cambio, el valor total cae en el tramo de hasta 300.000 € y el 8 % se aplica a todo: 24.000 €.

Cómo interpretar el resultado

La regla general es el punto de partida, no el resultado: casi todas las comunidades tienen tipos reducidos para vivienda habitual, jóvenes, familias numerosas o personas con discapacidad, con límites de precio o de renta. Si crees cumplir alguno, lee sus condiciones completas en el artículo enlazado: aplicar un tipo reducido sin cumplirlas obliga después a pagar la diferencia con intereses.

Preguntas frecuentes sobre esta herramienta

¿Cuánto se paga de ITP al comprar una vivienda de segunda mano?

Depende de la comunidad autónoma donde esté la vivienda. En 2026 la regla general va del 6 % (Comunidad de Madrid y Navarra) al 10 % (Cataluña) para el primer tramo de valor; en el País Vasco las viviendas tributan al 4 %, y en Ceuta y Melilla se aplica el 6 % estatal con una bonificación del 50 %. Varias comunidades tienen tarifas que suben con el valor, hasta el 13 % en Illes Balears y Cataluña.

¿Qué diferencia hay entre el ITP y el AJD?

El ITP (Transmisiones Patrimoniales Onerosas) grava la compra de un inmueble usado. El AJD (Actos Jurídicos Documentados) grava la escritura notarial inscribible: lo paga, por ejemplo, quien compra una vivienda nueva, que tributa por IVA y no por ITP. Una misma compraventa no paga los dos por el mismo concepto.

¿Qué comunidad cuenta: donde vivo o donde está la vivienda?

En la compra de un inmueble cuenta el territorio donde está situado el inmueble, con independencia de dónde residan el comprador o el vendedor.

¿Incluye los tipos reducidos para jóvenes o familias numerosas?

Solo los que hemos leído completos en la norma, y siempre con sus condiciones. No están todos: cuando un territorio tiene más tipos reducidos, bonificaciones o deducciones, la ficha de su regla general indica en qué artículos se regulan.

¿De dónde salen los datos y cada cuánto se revisan?

De la norma oficial de cada territorio, con su artículo y la fecha de consulta en cada ficha. No usamos portales ni prensa como fuente. Si dos fuentes oficiales no coinciden, el dato no se publica hasta aclararlo. Una ley de presupuestos o de medidas fiscales puede cambiar un tipo en cualquier momento: comprueba siempre la fecha de consulta.

Fuentes

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