Cuota de autónomos 2026 según tus rendimientos
Actualizado el
Escribe tu rendimiento neto mensual y verás tu tramo de cotización, la base mínima y la máxima entre las que puedes elegir y la cuota que pagarías cada mes a la Seguridad Social.
Datos normativos revisados el 12 de octubre de 2026
Cuota de autónomos según tus rendimientos
Escribe lo que prevés ganar al mes con tu actividad. La calculadora te dice en qué tramo de 2026 quedas, entre qué bases puedes cotizar y cuánto pagarías al mes con la base mínima o con una mayor.
Lo que facturas menos los gastos deducibles de la actividad, de media al mes y sin IVA. No restes la cuota de autónomo.
Cuota de autónomos al mes
380,88 €
4.571 € al año · tramo 5 de la tabla general
- Base de cotización aplicada
- 1.209,15 €
- Base mínima del tramo
- 1.209,15 €
- Base máxima del tramo
- 2.030,00 €
- Cuota con la base mínima
- 380,88 €
- Cuota con la base máxima
- 639,45 €
Tu rendimiento computable: 1.860 € al mes
Qué pagas con la cuota (al mes)
- Contingencias comunes (28,30 %)
- 342,19 €
- Contingencias profesionales (1,30 %)
- 15,72 €
- Cese de actividad (0,90 %)
- 10,88 €
- Formación profesional (0,10 %)
- 1,21 €
- Mecanismo de equidad intergeneracional (0,90 %)
- 10,88 €
- Cuota (31,50 % de la base)
- 380,88 €
La cuota frente a lo que ganas
- Rendimiento neto al mes
- 2.000 €
- Cuota al mes
- 380,88 €
- Cuota sobre el rendimiento
- 19,0 %
- De más por no cotizar por la mínima
- 0,00 €
Es una cuota provisional
Lo que esta calculadora no recoge
Resultado orientativo. No constituye asesoramiento financiero, fiscal, legal o de inversión. Los importes fiscales dependen de la normativa vigente, de tu comunidad autónoma o municipio y de tus circunstancias personales.
¿Ves un error en esta calculadora? Avísanos por correo con los datos que introdujiste y el resultado que esperabas. Cómo se revisa cada aviso, en la política editorial.
Datos normativos y de mercado de este cálculo (1)
- Cotización de autónomos (RETA): tipo y tramos de bases por rendimientos: tipo total del 31,5 % sobre la base elegida; 15 tramos de rendimientos; deducción por gastos genéricos del 7 %. Ejercicio 2026. Fuente: BOE, Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo; Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (art. 308), arts. 18 y 37 de la Orden y art. 308 de la Ley General de la Seguridad Social. Revisado el 11 de octubre de 2026.
Guía: cómo se calcula la cuota de autónomos en 2026
La cuota de autónomos es el 31,50 % de la base de cotización, y la base se elige dentro del tramo que corresponde a tus rendimientos netos. En 2026, con la base mínima de cada tramo, la cuota va de 205,88 € a 607,35 € al mes. Con un rendimiento neto de 2.000 € al mes, la cuota mínima es de 380,88 €.
Tabla de tramos y cuotas de autónomos de 2026
| Tabla y tramo | Rendimiento neto al mes | Base mínima | Base máxima | Cuota con la base mínima | Cuota con la base máxima |
|---|---|---|---|---|---|
| Reducida, tramo 1 | Hasta 670,00 € | 653,59 € | 718,94 € | 205,88 € | 226,47 € |
| Reducida, tramo 2 | Más de 670,00 € y hasta 900,00 € | 718,95 € | 900,00 € | 226,47 € | 283,50 € |
| Reducida, tramo 3 | Más de 900,00 € y hasta 1.166,69 € | 849,67 € | 1.166,70 € | 267,65 € | 367,51 € |
| General, tramo 1 | Más de 1.166,69 € y hasta 1.300,00 € | 950,98 € | 1.300,00 € | 299,56 € | 409,50 € |
| General, tramo 2 | Más de 1.300,00 € y hasta 1.500,00 € | 960,78 € | 1.500,00 € | 302,65 € | 472,50 € |
| General, tramo 3 | Más de 1.500,00 € y hasta 1.700,00 € | 960,78 € | 1.700,00 € | 302,65 € | 535,50 € |
| General, tramo 4 | Más de 1.700,00 € y hasta 1.850,00 € | 1.143,79 € | 1.850,00 € | 360,29 € | 582,75 € |
| General, tramo 5 | Más de 1.850,00 € y hasta 2.030,00 € | 1.209,15 € | 2.030,00 € | 380,88 € | 639,45 € |
| General, tramo 6 | Más de 2.030,00 € y hasta 2.330,00 € | 1.274,51 € | 2.330,00 € | 401,47 € | 733,95 € |
| General, tramo 7 | Más de 2.330,00 € y hasta 2.760,00 € | 1.356,21 € | 2.760,00 € | 427,21 € | 869,40 € |
| General, tramo 8 | Más de 2.760,00 € y hasta 3.190,00 € | 1.437,91 € | 3.190,00 € | 452,94 € | 1.004,85 € |
| General, tramo 9 | Más de 3.190,00 € y hasta 3.620,00 € | 1.519,61 € | 3.620,00 € | 478,68 € | 1.140,30 € |
| General, tramo 10 | Más de 3.620,00 € y hasta 4.050,00 € | 1.601,31 € | 4.050,00 € | 504,41 € | 1.275,75 € |
| General, tramo 11 | Más de 4.050,00 € y hasta 6.000,00 € | 1.732,03 € | 5.101,20 € | 545,59 € | 1.606,88 € |
| General, tramo 12 | Más de 6.000,00 € | 1.928,10 € | 5.101,20 € | 607,35 € | 1.606,88 € |
Tramos y bases: artículo 18.1 de la Orden PJC/297/2026. La base máxima de 2026 es de 5.101,20 € al mes, sea cual sea el rendimiento. La cuota es el resultado de aplicar el 31,50 % a cada base.
Qué rendimiento neto se mira
No es lo que facturas ni lo que te queda después de impuestos. Para el autónomo persona física en estimación directa, se parte del rendimiento neto de la actividad sin descontar las propias cuotas de autónomo, y a esa cifra se le resta un 7 % por gastos genéricos (artículo 308.1.c de la Ley General de la Seguridad Social). El promedio mensual que resulta decide el tramo.
Con 2.000 € de rendimiento neto al mes, el rendimiento computable es de 1.860 €: tramo 5 de la tabla general.
Qué se paga con la cuota
| Concepto | Tipo | Importe al mes |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 28,30 % | 342,19 € |
| Contingencias profesionales | 1,30 % | 15,72 € |
| Cese de actividad | 0,90 % | 10,88 € |
| Formación profesional | 0,10 % | 1,21 € |
| Mecanismo de equidad intergeneracional | 0,90 % | 10,88 € |
| Total | 31,50 % | 380,88 € |
Contingencias comunes (28,30 %), contingencias profesionales (1,30 %) y mecanismo de equidad intergeneracional (0,90 %): artículo 18.2 de la orden. Cese de actividad (0,90 %) y formación profesional (0,10 %): artículo 37.
Cotizar por la base mínima o por una mayor
Dentro de tu tramo puedes elegir cualquier base entre la mínima y la máxima. En el ejemplo, pasar de la base mínima (1.209,15 €) a una de 1.500,00 € sube la cuota de 380,88 € a 472,50 € al mes: 91,62 € más.
La base no solo fija la cuota: con ella se calculan las prestaciones. Cotizar por más cuesta más cada mes y eleva lo que cobrarías en una baja o en la jubilación; es una decisión personal, no una cifra correcta.
La cuota es provisional: la regularización
Durante el año cotizas según los rendimientos que prevés. Al año siguiente, la Seguridad Social compara con los rendimientos reales y regulariza: si quedaste en un tramo inferior al que te correspondía, reclama la diferencia; si cotizaste de más, la devuelve.
Por eso conviene revisar la previsión cuando los ingresos cambian, en lugar de esperar al cierre del año.
| Rendimiento neto real al mes | Tramo real | Cuota definitiva al mes | Resultado | Importe del año |
|---|---|---|---|---|
| 1.200 € | Reducida, tramo 3 | 367,51 € | A devolver | 160,44 € |
| 2.000 € | General, tramo 5 | 380,88 € | Sin cambios | 0,00 € |
| 2.600 € | General, tramo 7 | 427,21 € | A ingresar | 555,96 € |
Artículo 308.1.c de la Ley General de la Seguridad Social (reglas 3.ª y 4.ª): la diferencia a ingresar no lleva recargo ni intereses si se paga hasta el último día del mes siguiente a la notificación. Es una estimación: la regularización real la calcula la Tesorería con los rendimientos que le comunica Hacienda.
Cuota reducida al empezar y otros casos que la calculadora no recoge
- Inicio de actividad: quien se da de alta por primera vez, o no lo ha estado en los dos años anteriores, puede solicitar una cuota reducida durante doce meses, y otros doce si sus rendimientos netos quedan por debajo del salario mínimo interprofesional (artículo 38 ter de la Ley 20/2007). Su importe lo fija la Ley de Presupuestos, no las tablas de tramos.
- Autónomos societarios y familiares colaboradores: tienen reglas de base mínima propias.
- Pluriactividad, venta ambulante y los demás casos especiales del artículo 18 de la orden.
Para cualquiera de estos casos, usa el simulador de la Seguridad Social, enlazado en la calculadora de esta misma página.
Errores frecuentes
- Buscar el tramo con la facturación en lugar de con el rendimiento neto.
- Olvidar la deducción del 7 % por gastos genéricos, que puede bajarte de tramo.
- Restar la propia cuota de autónomo al calcular el rendimiento.
- Dar la cuota por definitiva: se regulariza con los rendimientos reales.
- Pensar que la base es fija: dentro del tramo se elige.
Cómo usar esta calculadora
- Escribe tu rendimiento neto previsto al mes: lo que facturas menos los gastos deducibles de la actividad, sin IVA y sin restar la cuota de autónomo.
- Mira tu tramo, la base mínima y la máxima entre las que puedes elegir, y la cuota de cada una.
- Si quieres cotizar por más que la base mínima, márcalo y escribe la base: verás la cuota y cuánto pagas de más.
Cómo se calcula
Rendimiento computable: al rendimiento neto de la actividad, sin restar las propias cuotas de autónomo, se le quita un 7 % de gastos genéricos (artículo 308.1.c de la Ley General de la Seguridad Social, autónomo persona física).
Tramo: con el rendimiento computable mensual se busca el tramo de las tablas de 2026 (tabla reducida, tres tramos; tabla general, doce), del artículo 18.1 de la Orden PJC/297/2026. Cada tramo tiene una base mínima y una máxima.
Cuota: la base elegida por el 31,50 %, que suma contingencias comunes (28,30 %), contingencias profesionales (1,30 %), cese de actividad (0,90 %), formación profesional (0,10 %) y mecanismo de equidad intergeneracional (0,90 %).
La cuota es provisional. Según el artículo 308.1.c, la Seguridad Social la regulariza al año siguiente con los rendimientos reales.
Regularización: si la base por la que cotizaste queda por debajo de la mínima del tramo que corresponde a tus rendimientos reales, ingresas la diferencia entre las dos cuotas; si queda por encima de la máxima, la Seguridad Social te la devuelve; si está dentro del tramo, no cambia nada.
Ver también la metodología general de las calculadoras.
Ejemplo
Con un rendimiento neto de 2.000 € al mes, el rendimiento computable es de 1.860 € (2.000 € menos el 7 %). Corresponde al tramo 5 de la tabla general, con una base mínima de 1.209,15 € y una máxima de 2.030,00 €.
La cuota con la base mínima es de 380,88 € al mes (4.571 € al año). Con una base de 1.500 €, la cuota sube a 472,50 € al mes, 91,62 € más.
Regularización: si has cotizado todo el año por esa base mínima (1.209,15 €) y tu rendimiento real resulta de 2.600 € al mes, el rendimiento computable es de 2.418 €, tramo 7 de la tabla general, cuya base mínima es de 1.356,21 €. La cuota definitiva sería de 427,21 € al mes y tendrías que ingresar 555,96 € por los doce meses.
Cómo interpretar el resultado
El tramo depende de lo que ganes, pero dentro del tramo la base la eliges tú. La base mínima da la cuota más baja; una base mayor cuesta más cada mes y a cambio eleva las prestaciones que se calculan con ella, como la baja o la jubilación. Si tus ingresos varían mucho, revisa la previsión durante el año para que la regularización no te sorprenda.
Preguntas frecuentes sobre esta herramienta
¿Cuánto paga un autónomo al mes en 2026?
Depende de sus rendimientos netos. Con la base mínima de cada tramo, la cuota va de 205,88 € al mes en el tramo más bajo a 607,35 € en el más alto. Con la base máxima de 2026 (5.101,20 €), la cuota es de 1.606,88 € al mes.
¿Qué pasa si gano más o menos de lo que había previsto?
La cuota que pagas durante el año es provisional. Al año siguiente, la Seguridad Social la compara con tus rendimientos reales. Si tu base quedó por debajo de la mínima de tu tramo real, pagas la diferencia, sin recargo si lo haces en plazo; si quedó por encima de la máxima, te la devuelve; si está dentro del tramo, no hay regularización. La calculadora la estima marcando «Estimar la regularización».
¿Y la cuota reducida de los nuevos autónomos?
Quien se da de alta por primera vez, o no ha estado de alta en los dos años anteriores, puede pedir una cuota reducida durante doce meses, prorrogable otros doce si sus rendimientos quedan por debajo del salario mínimo interprofesional (artículo 38 ter de la Ley 20/2007). Su importe lo fija la Ley de Presupuestos, no las tablas de tramos, y esta calculadora no lo aplica: compruébalo en el simulador de la Seguridad Social.
Fuentes
- BOE — Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo (arts. 18 y 37: bases y tipos de cotización de autónomos en 2026) — consultado el 11 de octubre de 2026
- BOE — Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (art. 308: cotización y regularización) — consultado el 12 de octubre de 2026
- BOE — Ley 20/2007, del Estatuto del trabajo autónomo (art. 38 ter: cuota reducida por inicio de actividad) — consultado el 11 de octubre de 2026
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