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Guía · Inversión

ETF frente a fondos de inversión: fiscalidad en España

Publicado el · Revisado el

Redacción y revisión: Capital Claro · quién está detrás · cómo se elabora

  • Persona física

En resumen

Un ETF y un fondo de inversión pueden invertir en lo mismo, pero en España no tributan igual al cambiar de uno a otro. Entre fondos puedes traspasar sin pagar impuestos en ese momento; entre ETF no: hay que vender, tributar por la ganancia y comprar. Además, al vender un ETF no se practica retención y al reembolsar un fondo sí. En los dos casos, la ganancia va a la base del ahorro.

Esta guía resume el marco general con la normativa estatal vigente en la fecha de revisión. No es asesoramiento fiscal ni jurídico: cada caso depende de sus hechos, y la normativa de tu comunidad autónoma o de tu ayuntamiento puede cambiar el resultado.

Para quién es esta guía

  • Dudas entre un fondo indexado y un ETF que siguen el mismo índice.
  • Tienes ETF con ganancias y te planteas cambiar de producto.
  • Quieres saber qué retenciones y qué papeleo fiscal tiene cada uno.

Las diferencias, una a una

  1. 1. Qué es cada uno

    Los dos son instituciones de inversión colectiva. En un fondo tradicional suscribes y reembolsas participaciones a su valor liquidativo, que se calcula una vez al día. Un ETF es un fondo cotizado: sus participaciones se compran y venden en bolsa, como una acción, al precio de cada momento.

    Esa diferencia operativa es la que explica casi todas las fiscales.

  2. 2. Traspasos: la diferencia principal

    Entre fondos de inversión existe el traspaso, que aplaza la tributación hasta el reembolso final. La ley excluye expresamente de ese régimen a los fondos cotizados.

    En la práctica: quien cambia de un fondo a otro varias veces a lo largo de los años no tributa hasta el final; quien cambia de un ETF a otro tributa en cada cambio por la ganancia acumulada.

    Lo que dice la norma

    • El régimen de diferimiento por reinversión no se aplica cuando la transmisión o la adquisición tenga por objeto participaciones de fondos de inversión cotizados. (Ley 35/2006, art. 94.1.a), último párrafo)
  3. 3. Retenciones al vender

    Al reembolsar un fondo con ganancia, la entidad retiene a cuenta el 19 % de esa ganancia. Al vender un ETF con ganancia no hay retención: cobras el importe íntegro y pagas el impuesto en la declaración.

    No es un ahorro: es un anticipo que en un caso se hace y en el otro no. El impuesto final se calcula igual.

    Lo que dice la norma

    • Las ganancias por transmisión o reembolso de participaciones en instituciones de inversión colectiva están sujetas a una retención del 19 %. (Ley 35/2006, art. 101.6)
    • No existe obligación de retener sobre las ganancias derivadas del reembolso o transmisión de participaciones en fondos de inversión cotizados. (Real Decreto 439/2007, art. 75.3.j))
  4. 4. La ganancia tributa igual

    En ambos casos la ganancia o pérdida es la diferencia entre lo que obtienes al vender y lo que pagaste, y se integra en la base del ahorro del IRPF, con su escala por tramos.

    Las pérdidas se compensan con las mismas reglas en los dos productos.

  5. 5. Repartos y dividendos

    Si el fondo o el ETF es de reparto, lo que distribuye es un rendimiento del capital mobiliario que tributa en la base del ahorro el año en que se cobra. Si es de acumulación, reinvierte dentro y no hay nada que declarar hasta la venta.

  6. 6. Los costes no son solo el TER

    Un ETF se compra en bolsa: además de sus gastos corrientes, pagas las comisiones de compraventa y, en su caso, de custodia y de cambio de divisa de tu intermediario. Un fondo puede tener comisiones de suscripción y reembolso.

    Para comparar hay que sumar todos los costes de tu caso, no solo los del producto.

Decisiones importantes

ETF y fondo de inversión, en una tabla

Para un contribuyente del IRPF residente en España:

AspectoFondo de inversiónETF
Cómo se contrataSuscripción y reembolso al valor liquidativo del díaCompraventa en bolsa, al precio de cada momento
Cambiar a otro sin tributarSí, mediante traspasoNo
Retención sobre la ganancia19 %No se practica
Dónde tributa la gananciaBase del ahorroBase del ahorro
RepartosCapital mobiliario, base del ahorroCapital mobiliario, base del ahorro

Errores frecuentes

  • Pensar que los ETF «no pagan impuestos» porque no retienen. La ganancia se declara y se paga en la renta del ejercicio de la venta.
  • Cambiar de ETF con frecuencia sin contar el impuesto. Cada cambio es una venta: tributa la ganancia acumulada y reduce el capital que sigue invertido.
  • Comparar solo los gastos corrientes. Las comisiones del intermediario pesan más cuanto más pequeñas y frecuentes son las aportaciones.
  • No guardar los justificantes de compra. Sin retención ni traspaso, eres tú quien calcula la ganancia de cada venta.

Calculadoras útiles

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Preguntas frecuentes

¿Un ETF tributa más que un fondo?

No por la ganancia en sí: el cálculo y la escala son los mismos. La diferencia es cuándo: un fondo permite aplazar con traspasos y un ETF no.

¿Se puede traspasar de un ETF a un fondo?

No con el régimen de diferimiento: la ley lo excluye cuando la transmisión o la adquisición es de un fondo cotizado. Sería una venta, que tributa, y una suscripción.

¿Qué pasa con los ETF domiciliados en otros países?

Esta guía describe la regla general de la Ley del IRPF. El tratamiento de un producto extranjero concreto y las obligaciones informativas que pueda acarrear dependen de sus características, y esta guía no los cubre: consúltalo con la Agencia Tributaria o con un asesor fiscal.

Fuentes

Contenido educativo. No constituye asesoramiento financiero, fiscal, legal o de inversión. Consulta siempre la información precontractual de cada entidad.