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Sociedad anónima (SA): capital de 60.000 €, acciones y cuándo conviene

Qué es una sociedad anónima, por qué exige 60.000 € de capital (con un desembolso mínimo del 25 %), cómo se transmiten las acciones y en qué casos compensa frente a una SL.

Revisado el 27 de septiembre de 2026

Redacción y revisión: Capital Claro · quién está detrás · cómo se elabora

Qué es una sociedad anónima

La sociedad anónima (SA) es la otra gran sociedad de capital del derecho español. Su capital se divide en acciones y está pensada para empresas con muchos socios, con vocación de crecer o de captar financiación de inversores, incluso a través de los mercados de valores.

Como en la SL, los accionistas no responden personalmente de las deudas sociales: arriesgan lo que aportaron.

Capital mínimo y desembolso

El capital social de una SA no puede ser inferior a 60.000 €. A diferencia de la SL, no hace falta aportarlo entero al principio: basta con desembolsar al menos el 25 % del valor nominal de cada acción en el momento de la constitución. El resto (los dividendos pasivos) se aporta en los plazos y la forma que fijen los estatutos.

Acciones y transmisión

Las acciones son, en principio, libremente transmisibles. Los estatutos pueden establecer algunas restricciones, pero no hacerlas prácticamente intransmisibles. Esto facilita la entrada y salida de inversores, frente a las participaciones de la SL, cuya transmisión a terceros está más restringida.

Solo las sociedades anónimas pueden admitir sus acciones a negociación en un mercado de valores.

Órganos y gestión

Como la SL, la SA tiene una junta general de accionistas y un órgano de administración (administrador único, varios administradores o un consejo de administración). En la práctica, la SA suele tener un funcionamiento más formal y requisitos más estrictos de convocatoria y quórum de la junta.

La obligación de auditar las cuentas no depende de ser SA o SL, sino del tamaño: ambas deben auditarse cuando superan los umbrales de activo, cifra de negocios y plantilla que fija la Ley de Sociedades de Capital.

Tributación

Tributa por el Impuesto sobre Sociedades con las mismas reglas que la SL: 25 % general y, en 2026, 19 % y 21 % para microempresas, 23 % para empresas de menos de 10 millones de euros de cifra de negocios y 15 % para entidades de nueva creación en sus dos primeros años con beneficios.

Comparador de formas jurídicas

Elige hasta 3 formas para compararlas punto por punto.

Número de socios
Sociedad limitada1 o más (con uno solo es una SLU).
Sociedad anónima1 o más (con uno solo es una SAU).
Sociedad anónima unipersonal1 (persona física o jurídica); es habitual como filial de un grupo.
Capital mínimo
Sociedad limitadaDesde 1 €. Si es inferior a 3.000 €, hay que destinar al menos el 20 % del beneficio a reserva legal hasta llegar a esa cifra.
Sociedad anónimaMínimo 60.000 €.
Sociedad anónima unipersonalMínimo 60.000 €.
Desembolso al constituir
Sociedad limitadaEl 100 % al firmar la escritura.
Sociedad anónimaAl menos el 25 % del valor nominal de cada acción al constituirla; el resto, en los plazos que fijen los estatutos.
Sociedad anónima unipersonalAl menos el 25 % de cada acción al constituirla.
Responsabilidad por deudas
Sociedad limitadaLimitadaLimitada al capital aportado. Si el capital es inferior a 3.000 € y la sociedad se liquida sin patrimonio suficiente, los socios responden solidariamente de la diferencia hasta 3.000 €.
Sociedad anónimaLimitadaLimitada al capital aportado.
Sociedad anónima unipersonalLimitadaLimitada, con la misma condición que la SLU: inscribir la unipersonalidad en 6 meses.
Tributación
Sociedad limitadaImpuesto sobre Sociedades: 25 % general. En 2026, si la cifra de negocios es inferior a 1 millón de euros, 19 % sobre los primeros 50.000 € de base y 21 % sobre el resto; si es inferior a 10 millones, 23 %. Las empresas de nueva creación tributan al 15 % el primer año con beneficios y el siguiente.
Sociedad anónimaImpuesto sobre Sociedades: 25 % general. En 2026, si la cifra de negocios es inferior a 1 millón de euros, 19 % sobre los primeros 50.000 € de base y 21 % sobre el resto; si es inferior a 10 millones, 23 %. Las empresas de nueva creación tributan al 15 % el primer año con beneficios y el siguiente.
Sociedad anónima unipersonalImpuesto sobre Sociedades: 25 % general. En 2026, si la cifra de negocios es inferior a 1 millón de euros, 19 % sobre los primeros 50.000 € de base y 21 % sobre el resto; si es inferior a 10 millones, 23 %. Las empresas de nueva creación tributan al 15 % el primer año con beneficios y el siguiente.
Entrada y salida de socios
Sociedad limitadaParticipaciones sociales, con restricciones: vender a alguien ajeno a la sociedad exige seguir el procedimiento de la ley o de los estatutos, que da preferencia a los demás socios. No pueden cotizar en bolsa.
Sociedad anónimaAcciones, en principio libremente transmisibles. Puede cotizar en bolsa y captar inversores más fácilmente.
Sociedad anónima unipersonalAcciones. Si entra otro accionista, deja de ser unipersonal.
Cómo se constituye
Sociedad limitadaEscritura ante notario e inscripción en el Registro Mercantil. Puede hacerse de forma telemática (CIRCE) con estatutos tipo.
Sociedad anónimaEscritura ante notario e inscripción en el Registro Mercantil.
Sociedad anónima unipersonalComo la SA, más la declaración de unipersonalidad en el Registro Mercantil.
Indicada para
Sociedad limitadaPymes, negocios familiares y proyectos con pocos socios que quieren limitar el riesgo personal.
Sociedad anónimaEmpresas grandes, con muchos accionistas o que prevén cotizar o levantar capital.
Sociedad anónima unipersonalFiliales de grupos empresariales y proyectos de un solo socio que necesitan la forma de SA.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que aportar los 60.000 € de golpe?

No. Al constituir la SA basta con desembolsar al menos el 25 % del valor nominal de cada acción (15.000 € sobre un capital de 60.000 €). El resto se aporta cuando lo fijen los estatutos o lo exija la sociedad.

¿Paga menos impuestos una SA que una SL?

No. Ambas tributan por el Impuesto sobre Sociedades con los mismos tipos.

Fuentes

Información general con fines educativos, no asesoramiento jurídico ni fiscal. Antes de constituir una sociedad, consulta tu caso con un profesional.

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